No es una afirmación ilógica, es lo que me sugirió la lectura de las opiniones de los catedráticos constitucionalistas Martín Risso y Ruben Correa Freitas en nota de El Observador de este martes 29 de mayo (pág. 4). Es que no hace tanto tiempo (mayo del año 2012), para el mismo medio expresaron su frontal rechazo a la idea de los allanamientos nocturnos que permitieran dotar a la Policía de una herramienta útil en el combate a las bocas de drogas. Por aquel entonces fueron categóricos en afirmar la inconstitucionalidad de la iniciativa algo que ahora relativizaron ante la propuesta del senador Larrañaga. Entonces surge la duda si lo hacen convencidos del instrumento al que ahora entienden de posible aplicación o, en cambio, emiten dictámenes jurídicos según quien sea el promotor de la idea. Algo no cierra en este punto ya que los argumentos son los mismos de entonces, sólo cambiaron los proponentes. Esto parece más un apoyo fundado en motivos ideológico-partidarios que un aval argumental a la misma medida que propusiera entonces el diputado frenteamplista por San José, Walter De León. Solo ha pasado tiempo, entonces… el tiempo es (in)constitucional!!
Ni hogar ni sagrado
Lo escribimos entonces (ver nota) y lo mantenemos ahora -transcurrido el mismo tiempo que para Risso y Correa Freitas- una boca de drogas no es un hogar y menos, sagrado. Es un comercio ilegal que ofrece veneno a los más jóvenes para aprovecharse de ellos haciéndolos presa de una adicción peligrosa... y mortal. Los recluta para hacerlos parte de una actividad ilegal que se lleva recursos preciosos de nuestro país en fuerza joven que pierde la cabeza por una dosis.
No es necesario cambiar la Constitución, basta con que un Juez o un Fiscal se atreva a interpretar la carta magna con el mismo espíritu del constitucionalista para que, aplicando la misma letra, se permita el allanamiento de un lugar donde se reproduce el delito a partir de unos gramos de sustancia que generan miedo, dolor y muchas veces… muerte.
El constitucionalista jamás imaginó que el hogar fuera cobijo de una actividad de ese tipo; porque un lugar donde pulula la delincuencia y el tráfico de sustancias prohibidas no puede considerarse un hogar por más esfuerzo que se ponga en ello. Allí mismo, donde esa actividad se desarrolla y reproduce, muta la condición de hogar para devenir en un sitio ilegal que puede ser inspeccionado más allá de la caída del sol pues no reviste la condición de hogar en el puro y simple concepto.
El tiempo y la (in)constitucionalidad
Mientras que en el año 2012 el Dr. Martín Risso afirmaba en el mismo medio que “la iniciativa que proponía el diputado De León era “francamente inconstitucional”, seis años después (29 de mayo de 2018), afirma que “el hogar es un concepto muy limitado, que solo incluye a aquellos lugares en los que se pernocta, y que por tanto la Constitución no prohíbe ingresar a comercios o depósitos en horario nocturno”. A contrario sensu de aquella categórica afirmación de entonces, ahora pareciera que el catedrático se aviene a admitir que una boca de drogas podría ser considerada un comercio, a estar por estas afirmaciones. Salvo que se intuya que sólo hace una referencia obvia de lo que no es un hogar sino un depósito o comercio, lo cual pareciera innecesario explicar.
Por su parte, Corrrea Freitas afirmaba en 2012 que había que “respetar la Constitución. Porque hoy es la pasta base y mañana ¿qué será?” (24 de mayo de 2012 – El Observador).
Solo el tiempo -que todo lo puede- pudo hacer que ahora se tomara el “ídem” para interpretar lo que antes se había negado a hacer. Así hace una diferenciación entre “hogar” y “domicilio” - que es un concepto más amplio- lo cual habilitaría a la Policía a hacer un allanamiento nocturno porque una boca de drogas no sería un hogar sino un comercio donde se vende mercadería ilegal.
Parece mentira que se hayan perdido seis años entre un mayo y otro (2012 – 2018) para que llegaran a la misma conclusión que proponía un diputado frenteamplista. Lo único que cambia ahora es que una propuesta similar es realizada por un senador nacionalista y, oh casualidad, según interpretan, no sería necesario reformar la Constitución.
Correa Freitas afirma hoy que bastaría una ley interpretativa de la Carta Magna que permita identificar las bocas de drogas siempre como comercios, algo similar a lo que sostenía el diputado De León en el año 2012.
En su momento hubo otro catedrático como el Dr. Korzeniak, quien proponía entonces una ley interpretativa de la Constitución que dispusiera en qué casos se podría entrar de noche a un hogar sin el consentimiento del Jefe del mismo.
La explicación de aquellas argumentaciones -al final- parece ser una cuestión de tiempo y éste oscila -inevitablemente- entre los platos de una balanza llamada Constitución...
el hombre volteó el reloj de arena,
el perro dejó pasar el tiempo...
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